Tragedia del Winterhill y responsabilidad de los docentes
Decisión judicial a propósito de la trágica muerte de un niño en un paseo escolar suscita acuciantes interrogantes y podría desalentar actividades fuera de los recintos escolares
LA FORMALIZACIÓN POR el cargo de cuasidelito de homicidio en contra de varios profesores del Colegio Winterhill de Viña del Mar, tuvo lugar el 11 de mayo de 2006 en el Tribunal Penal de Limache, pero el calvario de ellos se arrastra desde aquel fatídico 4 de octubre de 2004, cuando realizaban una excursión al Cerro La Campana, en las cercanías de Olmué, junto a un grupo de estudiantes del mencionado establecimiento.
El dictamen judicial que acogió la demanda de la devastada madre del menor suscitará, a juicio del Colegio de Profesores de Viña del Mar, serios perjuicios para el desarrollo de actividades extraprogramáticas de los establecimientos escolares. “Seguramente los profesores se abstendrán de promover o participar en actividades creativas o recreacionales”.
Desde que estalló este caso se ha suscitado un intenso debate entre quienes se alinean junto a los profesores y al Colegio Winterhill y quienes privilegian la solidaridad con la madre de la criatura.
Los profesores imputados del delito de cuasi homicidio encabezaban una delegación del Colegio Winterhill que salió
a un paseo al cerro La Campana. Estaban autorizados por la CONAF, a cargo de la administración de ese parque, para llegar al denominado sector de La Mina, pero siguieron la caminata más allá de ese sendero. Tras algunos minutos, la víctima informó a sus tutores que tenía lesionados los pies y que no continuaría el ascenso. A partir de ese punto las versiones de acusadores y defensores discrepan. Mientras unos aseguran que el joven desobedeció la orden de continuar el recorrido, familiares y compañeros del menor acusan que fue obligado a descender solo. El niño parece haber perdido el rumbo y cayó a una profunda quebrada, lo que provocó su muerte después de una agonía de más de una hora.
PREGUNTAS ACUCIANTES
El abogado defensor sostiene que el niño desobedeció las instrucciones del profesor y que decidió retornar por su cuenta al campamento base, lo que no fue impedido por el profesor por considerar que no entrañaba mayor riesgo. La parte querellante considera que estamos en presencia de un caso increíble de irresponsabilidad de parte de los profesores, que en ningún momento deberían haber permitido que el niño se alejara del grupo. Pero, con todo el respeto que se merecen los padres de los niños y jóvenes que han muerto en los últimos años en paseos escolares, ahogándose en lagos o en la playa, o en este caso precipitándose por una profunda quebrada, ¿alguien puede desconocer que los niños y muchachos de ahora son tremendamente inquietos, y que a menudo no han sido educados por sus propios padres para acatar órdenes e instrucciones? ¿Cuántos profesores por curso tendrían que concurrir a paseos, excursiones e incluso a visitas a museos o monumentos nacionales, para asegurarse que los niños y jóvenes acatan las instrucciones y son sometidos por la fuerza incluso en caso de que pretendan transgredirlas o burlarlas?
Naturalmente la madre de este niño ha sufrido un impacto demoledor, como sucede a tantos hogares que han afrontado la pérdida de un hijo y que a menudo terminan disolviéndose, al ser incapaces de procesar tamaña prueba. Sin embargo, cabe preguntarse hasta qué punto se puede configurar el delito de homicidio culposo o en qué medida este episodio fue fruto del azar. En este caso específico hay versiones de que uno de los maestros ya estaba camino de vuelta a casa cuando sucedió la tragedia, en circunstancias de que el mínimo necesario para cuidar adecuadamente al grupo de niños era cuatro. De otro lado, los apoderados nunca autorizaron el ascenso hasta la cumbre del cerro, porque el tramo final es de alto riesgo, y a él sólo pueden acceder quienes poseen adiestramiento de andinistas.
Es cierto que las circunstancias deben ser aclaradas, porque como postula el Evangelio, “la verdad nos hace libres”, pero también cabe preguntarse hasta qué punto los profesores pueden ponerse en todas las situaciones y cautelar 100% la seguridad de los estudiantes que le son confiados. Ni siquiera los propios padres de niños y jóvenes pueden evitar, a menudo, que éstos incurran en conductas temerarias. ¿Qué habría pasado si este accidente se hubiera desencadenado cuando el niño iba junto a su madre o a su progenitor? ¿Habría alguien pensado en acusar al padre o a la madre de homicidio culposo?
NEFASTAS DEFENSAS CORPORATIVAS
Por otro lado, pareciera haber indicios de que apenas ocurrida la tragedia, el Colegio Winterhill intentó una práctica que es muy común en Chile, la defensa corporativa, es decir, cerrar filas para proteger prestigios, para que no se empañe la imagen de la institución, para que la ropa sucia se lave en casa. No correspnde culpar exclusivamente a los directivos del colegio por esta conducta, que está muy arraigada entre nosotros. Cuando un médico es sorprendido en malas prácticas, cuando un sacerdote provoca escándalos, cuando un político concita el repudio ciudadano, la tendencia del clero, del Colegio Médico, de la clase política es a cerrar filas en defensa de la propia institucionalidad, movidos probablemente sus integrantes por el adagio aquél de “hoy por ti, mañana por mí”.
Esta actitud sólo podrá superarse cuando las instituciones en general, desde aquellas más encumbradas hasta las más modestas, tomen conciencia de que los seres humanos somos falibles, cometemos errores, no ajustamos en forma permanente nuestros hechos a nuestras palabras, por lo que debemos estar en constante vigilancia, dispuestos siempre a buscar la verdad y prestos a reconocer errores y pedir perdón oportunamente. Eso significa crecer en coraje y en fortaleza interior y vivir menos para satisfacer imágenes en un mundo dominado por la farándula y la superficialidad, ya que sólo esa actitud interior permite evitar la tentación de la defensa corporativa, sólo eso permite desechar la complacencia y tener autocrítica, de modo de descubrir con valentía errores, desaciertos, deficiencias, fallas, falencias, déficit y acometer la tarea de superarlas o de corregirlos.
CUESTIONABLE DECISIÓN JUDICIAL
La decisión judicial de encauzar a estos maestros, que podrían recibir hasta tres años y un día de cárcel, es cuestionable, a despecho de lo que ha postulado una autoridad local. “Un fallo judicial no lo podemos comentar”. No es un fallo divino, aparte de que ese razonamiento olvida que somos los ciudadanos quienes delegamos en los jueces la facultad de impartir justicia. No han recibido los fiscales y jueces esa atribución directamente de la divinidad, sino de sus conciudadanos. Los tribunales se han equivocado infinidad de veces en sus fallos, sea por acción u omisión, según lo comprueba dolorosamente la historia de Chile en las últimas décadas, de manera que educar a los niños y jóvenes y a los profesores en un sometimiento borreguil a los dictados de los tribunales constituye un deplorable error de juicio.
La tarea de los adultos conscientes, y por cierto de los profesores, consiste en presentar valores y fortalecer la capacidad de razonamiento de niños y jóvenes, y a ellos hay que enseñarles que los ciudadanos tienen derecho a pensar, evaluar y a enjuiciar permanentemente las palabras, actuaciones y decisiones de las autoridades, sean ellas del Poder Ejecutivo, Legislativo y también por cierto el judicial. Otra cosa distinta es que los fallos deban ser acatados, pero aun cuando haya que acatar un fallo, eso no quiere decir que se reconozca su legitimidad y solidez ética.
PELIGROS TAMBIEN PUERTAS ADENTRO
Experiencias de otros países indican que los colegios tienden a contraer sus actividades fuera de sus recintos ante episodios como el que ha conmocionado desde hace tantos meses a la comunidad del Winterhill.
Ciertamente este doloroso episodio debe servir para un examen riguroso de las medidas de seguridad que deben adoptarse o reforzarse, y sin duda deben cumplirse trámites burocráticos presumiblemente inútiles, como casi todos los trámites burocráticos,
pero la pregunta sigue flotando…: ¿Desalentará este dictamen judicial, derivado de la legítima aspiración de una madre de establecer la verdad y las responsabilidades asociadas a la muerte de su hijo, en una retracción de los profesores para involucrarse en actividades fuera de sus colegios? ¿Qué habría que hacer para que los maestros no opten por desentenderse de tales actividades que son tan importantes en la formación de niños y jóvenes? ¿Qué pueden hacer los padres para tender y robustecer lazos de confianza con los profesores y superar, por el contrario, la brecha que podría estarse gestando entre unos y otros y que sólo puede redundar en perjuicios para escolares y estudiantes?
Esas son las interrogantes más acuciantes que surgen de este doloroso caso. Encararlas de manera corajuda constituye un desafío ineludible. De otro lado, aún al interior de los recintos educacionales existe el riesgo permanente de que niños y jóvenes sufran accidentes que pongan en peligro su integridad física y sicológica. Los profesores saben que deben estar “vivo el ojo” durante toda la jornada escolar e incluso antes del inicio de ella, pero somos seres humanos.
Los niños y jóvenes de hoy se la saben por libro para eludir vigilancia y transgredir normas. Por eso es que los profesores de cada establecimiento deben definir normas y procedimientos para encarar con máxima eficacia las situaciones de emergencia que se lleguen producir. Accidentes que hasta hace algún tiempo eran aceptados como naturales e inevitables por los padres, pueden ahora convertirse en motivo de acciones ante los tribunales, debido a la intervención de fiscales y políticos ansiosos de figuración, con muchas ganas de salir en la tele, y de aparecer asociados a causas que llaman la atención y que sientan precedentes.
De manera, directores, profesores, que no basta con declarar clausuradas todas las actividades fuera del recinto educacional, ya que los peligros acechan también al interior de cada establecimiento.